sábado, 4 de febrero de 2017

¿Se destruyeron miles Esqueletos de Gigantes en el 1900?

Habrían evidencias del encubrimiento de seres gigantes a la humanidad Anuncios Actualmente circulan muchos rumores en internet, donde afirman que un instituto en EEUU llamado Smithsonian, fue responsable de admitir haber destruido miles de esqueletos de seres gigantes por el 1900. 

Antecedentes sobre los gigantes La idea de que existieron los seres gigantes en la humanidad, existe desde tiempos bíblicos, cuando se hizo referencia a los “gigantes”. Este fue un argumento muy antiguo en las teorías de la evolución y el creacionismo.

Según varios investigadores y teóricos de la conspiraciones, habrían algunas entidades del gobierno como Smithsonian, que habían encubierto la verdad sobre los seres gigantes de la tierra, con el gin de “proteger la teoría evolutiva” de la humanidad.

Han aparecido muchas fotografías en Internet de gente convencional cerca de esqueletos con proporciones enormes, igualmente algunas de dichas imágenes se han confirmado posteriormente que eran un engaño y habían sido manipuladas de forma digital.



Te todas formas, esto no ocurrió en todos los casos, dado que existen fotografías de años donde la tecnología de edición digital no existía.

La polémica inicio, cuando surgió un rumor en Internet, de que el tribunal de una corte suprema de EEUU, había forzado a la institución Smithsonian, entregar algunos documentos clasificados que dejaron al descubierto que la organización estaba involucrada en la censura de una gran cantidad de evidencia sensible para la humanidad.

Según algunos expertos e investigadores, en estos documentos secretos, había miles de decenas de información sobre los hallazgos de seres que llegaban a medir cerca de 6 y 12 pies de altura.


Según la información, uno de los puntos clave de la causa judicial, fue causado cuando se entregó como evidencia un hueso humano de 1.3 metros de largo, se trataría de un fémur humano totalmente anómalo y sin registro en los tiempos “modernos”.

 «Es algo muy terrible que se le está haciendo al pueblo estadounidense», se escribió en una documento.

«Estamos ocultando la verdad sobre los antepasados ​​de la tierra, nuestros antepasados, los gigantes que poblaban la Tierra como se menciona en la Biblia y los textos sagrados y antiguos en el mundo».



 enero 31, 20173987 Compartir en Facebook Compartir en Twitter 
Lee mas en: http://misterio.tv/conspiracion/se-destruyeron-miles-esqueletos-gigantes-1900

¿Ovni aspirando una tromba de agua frente a Argelia?





El juez rechaza la demanda contra Blablacar por competencia desleal

La sentencia, que no es firme, señala que la plataforma no es una empresa de transporte

Empleados de BlaBlaCar en las oficinas de la empresa en Paris. BLOOMBERG

El Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid ha desestimado la demanda por competencia desleal que presentó la Confederación Española de Transporte en Autobús-Confebús contra Comuto Iberia S. L. y Comuto S. A., sociedades titulares de la plataforma de coches compartidos Blablacar. El juez entiende que la actividad de esta página web que pone en contacto a viajeros con conductores que realizan el mismo trayecto para compartir gastos es “ajena a la regulada por la Ley de Ordenación de Transporte Terrestre (LOTT)”. Se trata de una de las primeras sentencias que dan un respaldo judicial a la llamada economía colaborativa. No obstante, el fallo no es firme y puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Madrid.



Según la sentencia, Blablacar “se centra única y exclusivamente en el ámbito del transporte privado, ni tan siquiera del transporte privado complementario igualmente regulado por la propia LOTT, al no reunirse las características legales para ello”. Por ello, “no se pueda entender por desleal una competencia por vulneración de dicha normativa”.

En su resolución, el magistrado Andrés Sánchez Magro sostiene que Blablacar no tiene como objeto empresarial “organizar el transporte” de viajeros por carretera, sino que se limita a “poner en contacto a particulares que quieren realizar un viaje juntos y compartir determinados gastos”. También recuerda la sentencia que los conductores “no están contratados por Blablacar, ni pertenecen a una empresa o a una industria dedicada a este fin [el transporte]”. Según el juez, los usuarios “son particulares que por su cuenta y riesgo se ofrecen a la plataforma buscando a personas que tengan interés en realizar ese mismo viaje y pagar, no en el sentido de pagar un canon o un servicio, sino de pagar el coste de un viaje”.

La resolución señala asimismo que el control de los datos facilitados por los usuarios de Blablacar, tanto los viajeros como los conductores de los vehículos, tampoco constituye una actividad integrada y regulada por la normativa de transporte por carretera. Lo único que hace la plataforma, advierte el magistrado, es “calcular los kilómetros y recomendar, a fuerza de expulsar de la plataforma en caso de abuso, la cantidad que debe pagar el viajero en función de la distancia y de la cantidad de viajeros en relación al coste total del viaje”. Este coste se sitúa entre seis y nueve céntimos de euro por kilómetro, muy por debajo del que la Administración establece por razón del servicio prestado de particulares a empresas, que fija en 0,19 euros por kilómetro recorrido de indemnización, afirma la sentencia.

Estos precios, orientativos para los usuarios, no pueden entenderse como ánimo de lucro: “El que una persona pretenda lucrarse utilizando la plataforma, a la vista de los datos aportados, tiene carácter excepcional, pero no está entre los objetivos de Blablacar”, entidad representada por la abogada Guillermina Ester, del despacho Pérez Llorca.

El pago directo a Blablacar por parte de un usuario no permite tampoco, según el juez, incluir la actividad de la plataforma entre aquellas reguladas por la LOTT, como pretendía la patronal del autocar en su demanda. El juez recuerda que Blablacar, tras comprobar que el viaje se ha realizado de forma eficaz y que los viajeros no han presentado reclamaciones, realiza una transferencia al conductor del vehículo. “No se paga más de lo que pactaron ni de ese importe se queda nada la plataforma que no sea una comisión por su propia existencia y funcionamiento, y sobre la cantidad a modo de comisión sobre el particular paga el correspondiente IVA”, dice la sentencia.

http://economia.elpais.com/economia/2017/02/03/actualidad/1486125355_012522.html


Tras año y medio de disputas legales, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha acabado absolviendo a BlaBlaCar en su pelea judicial contra Confebús, la patronal de autobuses. La sentencia ha dejado claro que BlaBlaCar no realiza competencia desleal, por lo que podrá seguir operando como hasta ahora en España.

Esta resolución supone uno de los mayores espaldarazos que ha recibido la economía colaborativa hasta la fecha por parte de la justicia española. Pero como este asunto puede ser confuso para quienes no lo hayan seguido desde el principio, vamos a responder a todas las preguntas que pueda plantear la sentencia publicada hoy.
¿Quién y de qué acusaban a BlaBlaCar?

En agosto del 2015 BlaBlaCar fue demandada por Confebús, la 'Confederación del Transporte en Autobús' que aglutina a la mayor parte de las empresas de autobuses que prestan servicio en España. Según explicó esta entidad en un comunicado, la acusaban de ser un intermediario en el mercado de transporte, y de serlo sin cumplir la normativa.

Para ellos Blablacar operaba de manera ilegal por prestar un servicio de transporte sin las autorizaciones necesarias, y sin cumplir varios artículos de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT). Esta es la misma ley a la que están sujetas las empresas de autobuses. por lo que al no competir en igualdad de condiciones en lo que dicen que es la misma actividad, acusan a la aplicación móvil de competencia desleal.

Rafael Barbadillo, copresidente de Confebús, le dijo aXataka que "BlaBlaCar está ganando dinero con todo esto y de hecho se lleva una comisión por la labor de intermediación que realiza en el mercado". También defendía que deberían ser considerados intermediarios por recomendar precios y gestionan cobros.

En un intento de equipararlo con otras aplicaciones como Uber, desde Confebús también acusan a BlaBlaCar de ser una aplicación utilizada por algunos usuarios con ánimo de lucro, y que estos fijaban precios ilegales para llevarse un dinero extra.

¿Qué es lo que dice la sentencia al respecto?

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid ha determinado que BlaBlaCar realiza una actividad ajena a la regulada por la LOTT. Esto quiere decir que al no estar sujeta a las mimas normas de juego que las empresas de autobuses, estas no pueden acusar a la aplicación de competencia desleal.

Como argumento, la sentencia recoge que lo que hace esta aplicación es poner en contacto a particulares con más o menos requisitos, mediante un control de pagos, y un servicio de crítica a las personas intervinientes. Y esta no la consideran una actividad sujeta a la ley de ordenación del transporte terrestre.

Como argumento, la sentencia recoge que establecer ciertos requisitos en sus condiciones no es una actividad sujeta a la ley de ordenación del transporte terrestre. De la misma manera, tampoco lo es el controlar a los usuarios mediante un sistema de perfiles y críticas.

Y es que al final, como apunta la sentencia, quienes utilizan esta aplicación son particulares que se ofrecen en la plataforma a su cuenta o riesgo. Usuarios que están "buscando a personas que tengan interés en realizar ese mismo viaje y pagar, no en el sentido de pagar un canon o un servicio, sino de pagar el coste de un viaje".

En cuanto al tema de los precios ilegales, el juez ve probado que son casos excepcionales y que BlaBlaCar no recomienda acceder a los conductores que los propongan. Y respecto a los costes del viaje, la sentencia dice que los considera justos para pagar no sólo el combustible, sinotambién los desgastes del coche durante el trayecto. Argumenta en esto que los precios son inferiores al 0,19 € por kilometro fijado por la Administración.

El texto de también da por probado que los usuarios no pagan más de lo que pactan, y que la plataforma sólo se lleva una comisión "por su existencia y funcionamiento". Por todo ello, la sentencia es clara al asegurar que BlaBlaCar no puede ser definido como transporte público y privado, y que por lo tanto no hay competencia desleal hacia Confebús.

¿Qué dice BlaBlaCar sobre la sentencia?

Tras saberse la sentencia, BlaBlaCar ha emitido un comunicado oficial en el que se alegra de la resolución de la sentencia cuyo fallo ha sido favorable para su actividad. Aquí tenéis el comunicado íntegro tal cual nos lo han hecho llegar:

"BlaBlaCar realiza una actividad ajena a la regulada por la LOTT”; “Sin ninguna duda BlaBlaCar ha generado una plataforma no para organizar el transporte, sino para poner en contacto a particulares que quieren realizar un viaje juntos, y compartir determinados gastos del trayecto, y para dar calidad al servicio de contacto ha puesto unos márgenes y unos límites y un formato de actuación”.

¿Qué supone esto para ellos?

En primer lugar, la sentencia supone que BlaBlaCar podrá seguir operando con normalidad y olvidarse por fin de varios meses de conflictos con Confebús. Es muy posible que la confederación apele la resolución, pero viendo lo rotunda que ha sido la sentencia parece difícil que vayan a conseguir nada.

La resolución también sienta un precedente que pueda ser utilizado por la aplicación en el caso de que otros organismos estén tentados de llevarles también a juicios con argumentos parecidos. También puede servirles como argumento en otros frentes abiertos como la multa anunciada en octubre por la Comunidad de Madrid al utilizar argumentos parecidos para considerar que no cumplían con la ley.

¿Qué pasa con los impuestos por los ingresos de los usuarios?

Uno de los temas que ha quedado en el aire en esta sentencia es quién es el responsable de los impuestos a pagar por los conductores por los pagos recibidos en este servicio. Sobre ello el juez sólo ha dicho que las cuestiones fiscales no corresponden a ese tribunal, y que es la Administración Tributaria la que tiene que establecer si un particular que comparte gastos por transportar a una persona debe pagar o no algún tipo de impuesto.

¿Qué supone esto para la economía colaborativa?

La economía colaborativa es un concepto bastante ambiguo, por lo que es difícil establecer cómo puede influenciar en ella esta sentencia si primero no definimos claramente a qué le llamamos de esta manera. Por ejemplo, aunque suelen ser etiquetados de la misma manera el funcionamiento de Blablacar no tiene nada que ver con el de Uber.

En cualquier caso, en líneas generales esta sentencia, junto a la favorable a Airbnbfallada por el TSJC, abre las puertas a que servicios similares empiecen a florecer en España. Vamos, que esta sentencia podría servir como impulso para la creación de más iniciativas y aplicaciones de economía colaborativa.

Y es que queda probado que si quieres alquilarle una habitación a alguien no te conviertes en hotel por utilizar una aplicación específica. Y de la misma manera, si sólo quieres compartir gastos en un viaje, tampoco te conviertes en servicio privado de transporte por utilizar una aplicación para contactar con alguien que esté interesado en ir contigo.

Estas dos sentencias sentarán precedentes para que puedan nacer nuevos servicios similares aplicados a todo tipo de campos. Por otra parte, dejarán sin tantos argumentos a los sectores clásicos, que van a tener que buscar nuevas fórmulas e ideas para tratar de competir contra los propios usuarios.

¿Influye en aplicaciones como Uber?

Como hemos dicho antes, al no tener un concepto definido de lo que es la economía colaborativa solemos meter en el mismo saco servicios como Uber y Blablacar, aunqueambos son totalmente diferentes. De hecho, el Ministerio de Fomento se mostró en su día en contra de Uber, pero aclarando que no tenía problemas con BlaBlaCar.

Hay varias diferencias significativas entre ambas aplicaciones. La primera es que los usuarios de Uber tienen ánimo de lucro al ofrecerse a llevar a un usuario a un punto cualquiera de la ciudad. Mientras, lo único que se hace en BlaBlaCar es compartir los gastos para un mismo trayecto que iba a ser realizado por ambas personas.

El hecho de que en Uber el conductor transporte a un usuario a un punto concreto sin que él tenga por qué hacer ese trayecto, hace que sea obligatorio por ley que este conductor tenga una licencia VTC. De hecho, cuando el año pasado el servicio volvió a España con UberX lo hizo poniendo esta licencia como condición para los conductores.

Por lo tanto, el que la sentencia beneficie o no a otras aplicaciones dependerá de la filosofía de estas. Si son como BlaBlaCar o Airbnb tienen las de ganar con estos precedentes, pero si existe un ánimo de lucro como en el caso de Uber podrían tener complicaciones si no se ciñen a las normativas correspondientes como ha hecho esta.

¿Entonces, ha acabado el culebrón de Blablacar?

No, esta sentencia no significa que el culebrón vaya a acabar aquí y ahora. Como hemos dicho, aunque no parecen tener muchas posibilidades de cambiar la sentencia Confebús todavía puede apelarla. Además,Blablacar tiene otros frentes abiertos comola mencionada sanción de la Comunidad de Madrid o la denuncia que han interpuestocontra España ante la Comisión Europea.

https://www.genbeta.com/a-fondo/preguntas-y-respuestas-que-supone-la-sentencia-a-favor-de-blablacar-en-espana

Es la tercera vez en un mes que un asteroide pasa entre la Tierra y la Luna

Si uno fuera creyente, estos días podría llegar a la conclusión de que alguna fuerza del Universo nos está enviando señales para alertarnos de un peligro inminente. 

Es la cuarta vez en lo que va de año que un asteroide, este último bautizado con el nombre de 2017 BS32, se pasea entre la Tierra y la Luna a velocidades de vértigo.

© Flickr/ DonkeyHotey

l asteroide 2017 BS32 ha decidido pasarse a visitar las proximidades de la Tierra en esta madrugada del 2 al 3 de febrero, y lo ha hecho acercándose hasta una respetable distancia de algo más de 160.000 kilómetros de nuestro planeta. El asteroide viajaba a una velocidad de 11,56 kilómetros por segundo, y sus dimensiones se calculan en una cifra de entre 11 y 25 metros. 



Si se compara con los asteroides que ya nos han visitado en las últimas semanas, el 2017 BS32 no es ni de lejos el que más ha conseguido acercarse a nuestro hogar: la semana pasada, un asteroide denominado como 2017 BH30 consiguió sobrevolar el espacio a una distancia de 65.280 kilómetros de la Tierra. Lo que sí es preocupante es que, en lo poco que llevamos de año, ya es por lo menos el tercer o incluso cuarto asteroide que pasa cerca de la Tierra. 

Para ponerlo en contexto, basta con que sepamos que en el pasado año 2016 tuvimos que esperar hasta mediados del mes de febrero para asistir a la primera visita de un asteroide (2013 TX69). En 2015, por su parte, el primer asteroide del año (2004 BL86) llegó a mediados de enero, pero el siguiente asteroide en pasar cerca de la Tierra (2014 YB35) no se hizo notar hasta el mes de marzo. Este año, recordemos, llevamos entre tres y cuatro asteroides en poco más de un mes. 

El primer asteroide del año (2017 AG13) pasó el día 8 de enero a una distancia de 203.520 kilómetros, mientras que en las siguientes semanas también se dejaron ver los asteroides 2017 BX (261.120 kilómetros) y el anteriormente mencionado 2017 BH30.
Comentario: Si estamos siendo bombardeados con más meteoros de lo común, hay razón para estar preocupados sin necesidad de ser "creyentes", por lo que, proponemos una buena manera de canalizar esa preocupación hacia algo extremadamente necesario: la información. 
vie, 03 feb 2017 10:09 UTC

Nuevo video desclasificado sobre ET herido



            


La misteriosa tumba de Lilly E. Gray, “Víctima de la Bestia 666”


En una apartada zona del cementerio de la ciudad de Salt Lake City, en el estado de Utah, Estados Unidos, se encuentra una pequeña lápida que lleva una inusual inscripción que durante años ha despertado la curiosidad, rumores, especulaciones, incluso el miedo de todos sus residentes. Mientras que las demás lápidas están inscritas con inscripciones comunes como “excelente padre”, “esposo ejemplar” o “nunca te olvidaremos”, la lápida de Lilly E. Gray tiene inscrita una misteriosa y provocativa frase: “Víctima de la Bestia 666”.



Por supuesto, que la frase hace referencia al libro de Apocalipsis, capítulo 13, que ha sido interpretado para referirse al Anticristo del Nuevo Testamento:

“Después vi otra bestia que subía de la tierra; y tenía dos cuernos semejantes a los de un cordero, pero hablaba como un dragón… Y hace que a todos, pequeños y grandes, ricos y pobres, libres y siervos, se les ponga una marca en su mano derecha, o en su frente;… y que ninguno pueda comprar o vender, sino el que tenga la marca, o el nombre de la bestia, o el número de su nombre… Aquí hay sabiduría. El que tiene entendimiento, cuente el número de la bestia; porque es el número del hombre; y su número es seiscientos sesenta y seis.”

¿Entonces, por qué cuando las demás lápidas están inscritas con homenajes cariñosos, Lilly Gray tiene un oscuro y enigmático mensaje? ¿Qué significa? ¿De qué manera fue una víctima de la Bestia? ¿Quién eligió esta desconcertante inscripción para su lugar de descanso eterno?

Estas y otras preguntas han formado parte del controvertido misterio que rodea la tumba de Lilly E. Gray durante décadas en el cementerio de Salt Lake City. Nadie parece saber lo que significa, y pocos se han molestado en investigar para averiguar la verdad.

Investigaciones

Los registros locales ofrecen pistas fascinantes sobre el significado de la inscripción, pero a su vez crean nuevos misterios, como por ejemplo, el grabado en la lápida es inexacto. Expertos en el misterio de la tumba de Lilly E. Gray creen que la ortografía de su nombre y su fecha de nacimiento son erróneos, ya que el nombre original se escribía con una sola ele y la fecha de nacimiento real es el 4 de junio de 1880, un año antes a la de la inscripción de la lápida: 6 de junio de 1881. ¿Cómo es posible que escribiera mal el nombre de Lilly? ¿Es simplemente un error ortográfico? ¿Pero y la fecha de nacimiento? ¿La cambiaron a propósito para reforzar la referencia del 666?

Un breve obituario de Lilly cita su muerte a los 77 años de “causas naturales”. Así que en un principio no parece haber ningún misterio en la muerte de Lilly. Entonces, ¿cómo puede ser que la pobre Lilly fuera una“víctima de la Bestia”? De hecho, ¿quién pidió escribir tal terrorífica frase? ¿Fue la propia Lilly? ¿Su marido, Elmer Lewis Gray? ¿Otros miembros de su familia o amigos?

Simbolismo en el cementerio

Otros de los misterios que rodean a la tumba de Lilly Gray es el grabado de una flor que claramente es una onagra. Según diversos expertos, la onagra tiene varios significados cuando se graban en las lápidas, incluyendo el amor eterno, la juventud, la memoria, la esperanza y la tristeza. Sin embargo, su simbolismo puede interpretarse desde su apodo en la primavera: “Linterna del Diablo”.

Además, a esto le debemos sumar que la tumba de su marido Elmer Lewis Gray se encuentra en el mismo cementerio, aunque ubicada en una parcela muy lejos de su esposa. La lapida de Elmer también tiene un adorno floral tallada en la su lapida, narcisos. El narciso utilizado en el arte funerario puede tener connotaciones negativas asociadas con el narcisismo de la vanidad y el amor propio. Lo que podría indicar que Lilly Gray pudo ser víctima de la maldad de su marido hasta el fin de sus días.

Teorías

Dejando aparte las investigaciones, algunos proponen que Lilly fue víctima de un accidente de tráfico en la carretera 666, que se extendía a través de Utah. La carretera era muy conocida no sólo por su nombre, sino también por la alta tasa de accidentes mortales que se produjeron en sus desolados tramos. Según los registros históricos, durante un período de tiempo Lilly estuvo viviendo en Utah y podría haber viajado por la antigua carretera, por lo que la teoría no puede ser completamente descartada.

Otra teoría sugiere que Lilly tenía cierta relación con Aleister Crowley, que en esos momento viva en Salt Lake City. Como ya conocemos, Crowley fue un importante ocultista a principios del siglo XX. Crowley se refería a sí mismo como “la Bestia 666”, lo que la inscripción en su lapidad podría estar indicando que Lilly fue víctima del propio Crowley. Pero los registros indican que Lilly no se trasladó a Salt Lake City hasta 1950. Crowley murió en 1947, lo que parece indicar que es complemente imposible que Lilly y Crowley se conocerán.

Quizás la teoría más interesante y plausible es la de que su marido, Elmer, pudo haber escrito en la lápida de su mujer un mensaje contra el gobierno de los Estados Unidos. Existen registros de que Elmer Grey fue arrestado en Ogden, Utah, por robar un paraguas. Además, Elmer Grey estaba en contra de las leyes del gobierno y denunció la falta de ayudas que necesitaba su mujer. Estos datos han llevado a sugerir la idea de que Elmer culpó al gobierno de la muerte de Lilly, refiriéndose como la Bestia 666.

Continúa el misterio

La investigación sobre el significado de la “Víctima de la Bestia 666” está lejos de terminar. Por desgracia no existe suficiente información para llegar a una conclusión definitiva sobre el caso de Lilly. En 2003, el periódico de Salt Lake City “Deseret News” entrevistó a un investigador de la Sociedad Histórica de Utah, quien explicó que no han sido capaces de averiguar el porqué de la extraña inscripción en la lápida de Lilly.

Para los más escépticos, Lilly no fue una víctima de la Bestia, sino más bien de un notorio y cruel epitafio. Pero si ella fue realmente una víctima de la Bestia 666, estamos seguros de que ahora descansa en paz.

MEP 2 DE FEBRERO DE 2015
http://www.mundoesotericoparanormal.com/misteriosa-tumba-lilly-gray-victima-bestia-666/